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Legislación › Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.

Artículo 32. Copia de los asientos.

Artículo 32. Copia de los asientos.

La copia de los asientos, que constituirá un mero traslado de los asientos y datos que figuren en el Registro, se expedirá con indicación del número de hojas y de la fecha en que se extienden, y llevará su sello.

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