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Legislación › Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.

Disposición final segunda. Normativa supletoria.

Disposición final segunda. Normativa supletoria.

Lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se aplicará con carácter supletorio respecto de los procedimientos regulados en este real decreto.

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