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Legislación › Resolución de 27 de julio de 2015, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que delegan competencias relativas al procedimiento de declaración de la Administración General del Estado como heredera abintestato y a la administración y liquidación de la masa hereditaria.

Primero. Delegación de competencias en el Subdirector General del Patrimonio del Estado.

Primero. Delegación de competencias en el Subdirector General del Patrimonio del Estado.

Se delega en el titular de la Subdirección General del Patrimonio del Estado la competencia para resolver el procedimiento de declaración de heredero abintestato a favor del Estado prevista en el apartado 6 del artículo 20 bis de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

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