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Legislación › Resolución de 30 de julio de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se dictan instrucciones para el ejercicio del control financiero permanente.

Decimoctava. Valoración de los planes de acción.

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Decimoctava. Valoración de los planes de acción.
Los planes de acción elaborados por los departamentos ministeriales deberán ser valorados por serán puestos a disposición de las intervenciones delegadas responsables de la emisión de los informes globales de control financiero permanente a los que se refiera refieran para su valoración.
La persona titular de la Intervención General, una vez realizadas dichas valoraciones y previo análisis por la Oficina Nacional de Auditoría, comunicará anualmente
el plan estado de acción. situación a los titulares de los departamentos ministeriales para conocimiento y su seguimiento.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de febrero de 2022 En vigor BOE-A-2022-1889 Leer Qué cambió
1 de octubre de 2015 Texto original Leer

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