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Legislación › Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica.

Disposición final primera. Adecuación normativa.

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Disposición final primera. Adecuación normativa.
Las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo establecido por la presente ley deben adecuarse en el plazo de un año desde la entrada en vigor de dicha norma. (Derogada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-1662 Leer Qué cambió
13 de agosto de 2015 Texto original Leer

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