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Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 15 de agosto de 2015 · Último cambio el 6 de mayo de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículos 1 a 3.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Finalidades.
- TÍTULO II
- Artículos 4 a 17.
- CAPÍTULO I
- Artículo 4. Principios de actuación.
- Artículo 5. Régimen general de la intervención administrativa en el ejercicio de la actividad económica.
- Artículo 6. Verificación del cumplimiento de requisitos legales.
- Artículo 7. Procedimiento administrativo de enmienda de defectos o carencias de requisitos legales.
- Artículo 8. Régimen sancionador.
- Artículo 9. Mecanismos alternativos a la intervención administrativa.
- Artículo 10. Mecanismos de información para la reducción de obstáculos.
- Artículo 11. Mecanismos de colaboración.
- CAPÍTULO II
- Artículo 12. Actividades económicas reguladas en este capítulo.
- Artículo 13. Regímenes de intervención aplicable a las actividades económicas inocuas y a las actividades económicas de bajo riesgo que se desarrollan en un establecimiento. 2 redacciones · cambió el 30/03/2017
- Artículo 14. Cambios de titularidad y modificaciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Ventanilla única empresarial.
- Artículo 16. Portal electrónico único para las empresas. 2 redacciones · cambió el 30/03/2017
- Artículo 17. Comisión para la Facilitación de la Actividad Económica.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 18. Modificación de la Ley 26/2010.
- CAPÍTULO II
- Artículo 19. Modificación del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña. 4 redacciones · cambió el 10/03/2017
- CAPÍTULO III
- Artículo 20. Modificación de la Ley 20/2009.
- Artículo 21. Modificación de la Ley 3/2010. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Artículo 22. Modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo
- CAPÍTULO IV
- Artículo 23. Modificación de la Ley 6/1988.
- Disposición adicional primera. Adopción por la Administración del modelo de ventanilla única empresarial. 3 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición adicional segunda. Medidas de simplificación documental en los procedimientos administrativos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición adicional tercera. Sustitución de referencias y remisiones en el texto refundido de la Ley de urbanismo.
- Disposición adicional cuarta. Impulso e implantación de la ventanilla única empresarial. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición adicional quinta. Medidas para la aplicación efectiva de la presente ley. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición adicional sexta. Contenido del certificado técnico. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición adicional séptima. Documentación necesaria para el inicio de actividades que requieren informe preceptivo favorable por riesgo de incendio. 3 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición adicional octava. Reglas aplicables hasta que la Ley 6/2009 se adapte a la Ley del Estado 21/2013. 2 redacciones · cambió el 06/05/2026
- Disposición adicional novena. Presentación al Gobierno de proyectos para el impulso de la actividad económica. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición transitoria primera. Régimen de los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la presente ley. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición transitoria segunda. Adaptación reglamentaria.
- Disposición transitoria tercera. Envío de comunicaciones relativas al inicio de actividades empresariales antes de la adhesión de los ayuntamientos a la ventanilla única empresarial. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Adecuación normativa. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición final segunda. Simplificación y racionalización de los registros administrativos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición final tercera. Obligación de los planes urbanísticos y las ordenanzas de evaluar el cumplimiento de la Directiva de servicios y la normativa de transposición. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- [Información relacionada]


