Legislación › Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica.
Disposición transitoria primera. Régimen de los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la presente ley.
Disposición transitoria primera. Régimen de los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la presente ley.
(Derogada).
Se deroga por la disposición derogatoria.1 de la Ley 18/2020, de 28 de diciembre. BOE-A-2021-1662
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de enero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-1662 | Leer | Qué cambió |
| 13 de agosto de 2015 | Texto original | Leer |
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