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Legislación › Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica.

Disposición transitoria primera. Régimen de los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la presente ley.

Disposición transitoria primera. Régimen de los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la presente ley.

(Derogada).

Se deroga por la disposición derogatoria.1 de la Ley 18/2020, de 28 de diciembre. BOE-A-2021-1662

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-1662 Leer Qué cambió
13 de agosto de 2015 Texto original Leer

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