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Legislación › Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica.

Disposición final segunda. Simplificación y racionalización de los registros administrativos.

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Disposición final segunda. Simplificación y racionalización de los registros administrativos.
El Gobierno debe simplificar y racionalizar los registros administrativos de su competencia que incidan en la actividad económica, proponiendo o adoptando las modificaciones normativas necesarias. (Derogada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-1662 Leer Qué cambió
13 de agosto de 2015 Texto original Leer

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