Legislación › Orden HAP/1724/2015, de 31 de julio, por la que se regula la elaboración de la Cuenta General del Estado.
Disposición transitoria sexta. Integración de las cuentas de las entidades multigrupo y asociadas con participación indirecta de la Administración General del Estado que no formen parte de un grupo consolidado.
Disposición transitoria sexta. Integración de las cuentas de las entidades multigrupo y asociadas con participación indirecta de la Administración General del Estado que no formen parte de un grupo consolidado.
La integración de las cuentas de las entidades multigrupo y asociadas con participación indirecta de la Administración General del Estado que no formen parte de un grupo consolidado, se realizará a partir de la elaboración de la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2017.
Se modifica por el art. único.3 de la Orden HAP/1364/2016, de 31 de julio. BOE-A-2016-7690.
Téngase en cuenta que esta última actualización será aplicable a la Cuenta General del Estado del año 2015 y siguentes según se establece en la disposición final única de la citada Orden.
Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 224, de 16 de septiembre de 2016. BOE-A-2016-8483.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de agosto de 2016 En vigor | BOE-A-2016-7690 | Leer | Qué cambió |
| 18 de agosto de 2015 | Texto original | Leer |
← Disposición transitoria quinta Índice Disposición transitoria séptima →


