Legislación › Orden HAP/1724/2015, de 31 de julio, por la que se regula la elaboración de la Cuenta General del Estado.
Disposición transitoria sexta. Integración de las cuentas de las entidades multigrupo y asociadas con participación indirecta de la Administración General del Estado que no formen parte de un grupo consolidado.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de agosto de 2015 y la del 11 de agosto de 2016.
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Disposición transitoria sexta. Integración de las cuentas de las entidades multigrupo y asociadas con participación indirecta de la Administración General del Estado que no formen parte de un grupo consolidado.
La integración de las cuentas de las entidades multigrupo y asociadas con participación indirecta de la Administración General del Estado que no formen parte de un grupo consolidado, se realizará a partir de la elaboración de la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2015. 2017.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de agosto de 2016 En vigor | BOE-A-2016-7690 | Leer | Qué cambió |
| 18 de agosto de 2015 | Texto original | Leer |
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