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Legislación › Orden HAP/1724/2015, de 31 de julio, por la que se regula la elaboración de la Cuenta General del Estado.

Disposición transitoria sexta. Integración de las cuentas de las entidades multigrupo y asociadas con participación indirecta de la Administración General del Estado que no formen parte de un grupo consolidado.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de agosto de 2015 y la del 11 de agosto de 2016. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria sexta. Integración de las cuentas de las entidades multigrupo y asociadas con participación indirecta de la Administración General del Estado que no formen parte de un grupo consolidado.
La integración de las cuentas de las entidades multigrupo y asociadas con participación indirecta de la Administración General del Estado que no formen parte de un grupo consolidado, se realizará a partir de la elaboración de la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2015. 2017.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de agosto de 2016 En vigor BOE-A-2016-7690 Leer Qué cambió
18 de agosto de 2015 Texto original Leer

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