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Legislación › Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Illes Balears.

Disposición transitoria primera. Regularización de los sistemas de almacenamiento de estiércol en explotaciones ganaderas que estén en funcionamiento a la entrada en vigor de esta ley.

Disposición transitoria primera. Regularización de los sistemas de almacenamiento de estiércol en explotaciones ganaderas que estén en funcionamiento a la entrada en vigor de esta ley.

Las explotaciones ganaderas que estén en funcionamiento a la entrada en vigor de esta ley deberán adaptar sus sistemas de almacenamiento de estiércol a las previsiones contenidas en ella, en el plazo máximo de tres años, que se contará desde su entrada en vigor.

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