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Legislación › Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los equipos a presión.

Disposición final cuarta. Habilitación para la actualización del contenido técnico de los anexos del presente real decreto.

Disposición final cuarta. Habilitación para la actualización del contenido técnico de los anexos del presente real decreto.

Se autoriza al Ministro de Industria, Energía y Turismo para actualizar mediante orden el contenido técnico de los anexos del presente real decreto, con objeto de mantenerlo permanentemente adaptado al progreso de la técnica, así como a las normas del Derecho de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.

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