Legislación › Ley 21/2015, de 29 de julio, de financiación del sistema de transporte público de Cataluña.
Disposición adicional décima. Dotación económica para las medidas de carácter ambiental.
Disposición adicional décima. Dotación económica para las medidas de carácter ambiental.
La adopción de las medidas de carácter ambiental en los supuestos y con el alcance y los efectos establecidos por el artículo 17 está sujeta a la aprobación previa por el Parlamento de los tributos de carácter ambiental a que se refiere la presente ley que generen los recursos económicos adicionales requeridos o, alternativamente, la habilitación especial de las dotaciones presupuestarias específicas necesarias.
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