Legislación › Ley 21/2015, de 29 de julio, de financiación del sistema de transporte público de Cataluña.
Disposición final segunda. Desarrollo.
Disposición final segunda. Desarrollo.
El Gobierno, en el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, ha de aprobar el reglamento y otras disposiciones que la desarrollen.
← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →


