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Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 12 de septiembre de 2015 · Último cambio el 31 de octubre de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.
- Artículo 2. Modificación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. 2 redacciones · cambió el 31/10/2015
- Artículo 3. Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Concesión de un suplemento de crédito en el Presupuesto de la Sección 31 «Gastos de diversos Ministerios» y autorización para efectuar transferencias de crédito.
- Artículo 5. Concesión de un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Defensa.
- Artículo 6. Concesión de créditos extraordinarios y de un suplemento de crédito en el Presupuesto del Ministerio de Fomento y modificación del presupuesto de explotación de SASEMAR.
- Artículo 7. Concesión de créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
- Artículo 8. Modificación de los presupuestos de las Confederaciones Hidrográficas.
- Artículo 9. Financiación de los créditos extraordinarios.
- Artículo 10. Aplicación de los gastos al presupuesto.
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Anticipos de financiación a favor de determinados municipios.
- Artículo 12. Modificación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Disposición adicional primera. Permisos y vacaciones de los funcionarios públicos.
- Disposición adicional segunda. Aplicación del permiso por asuntos particulares por antigüedad a la Administración General del Estado.
- Disposición adicional tercera. Vacaciones adicionales por antigüedad en la Administración General del Estado.
- Disposición adicional cuarta. Gestión del Programa Operativo Iniciativa PYME 2014-2020.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV


