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Legislación › Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

Artículo 2. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Artículo 2. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

1. Corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación la dirección de la política exterior y la de la cooperación internacional al desarrollo, de conformidad con las directrices del Gobierno y en aplicación del principio de unidad de acción en el exterior.

2. Este Ministerio queda estructurado en los siguientes órganos superiores:

a) La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores.

b) La Secretaría de Estado de Asuntos Europeos.

c) La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe.

Se modifica el apartado 2 por la disposición final 2 del Real Decreto 766/2017, de 28 de julio. BOE-A-2017-9007

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de julio de 2017 En vigor BOE-A-2017-9007 Leer Qué cambió
4 de noviembre de 2016 Texto original Leer

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