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Legislación › Acuerdo de 15 de septiembre de 2016, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se regula el Registro General y se crea el Registro Electrónico del Tribunal.

Artículo 15. Clasificación.

Artículo 15. Clasificación.

Concluido el trámite de registro de entrada, los escritos dirigidos al Tribunal se clasificarán en tres grupos:

a) Escritos de iniciación de procesos constitucionales, a los que se asignará número de procedimiento, que respetará en todo caso el orden de su registro de entrada.

b) Escritos relativos a procesos en curso.

c) Escritos de carácter gubernativo.

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