Legislación › Acuerdo de 15 de septiembre de 2016, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se regula el Registro General y se crea el Registro Electrónico del Tribunal.
Artículo 15. Clasificación.
Artículo 15. Clasificación.
Concluido el trámite de registro de entrada, los escritos dirigidos al Tribunal se clasificarán en tres grupos:
a) Escritos de iniciación de procesos constitucionales, a los que se asignará número de procedimiento, que respetará en todo caso el orden de su registro de entrada.
b) Escritos relativos a procesos en curso.
c) Escritos de carácter gubernativo.


