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Legislación › Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid.

Artículo 43. Plan contra la discriminación en el ámbito laboral.

Artículo 43. Plan contra la discriminación en el ámbito laboral.

1. Reglamentariamente se desarrollará un Plan contra la discriminación en el ámbito laboral, público y privado, que contemple medidas de igualdad y no discriminación, así como medidas de difusión e información de los derechos de las personas LGTBI. Dicho plan tendrá que ser participativo, contando con las organizaciones LGTBI, así como con las organizaciones sindicales y empresariales más significativas.

2. La Comunidad de Madrid realizará campañas de difusión y sensibilización del tejido social y empresarial para lograr la plena integración laboral, por cuenta propia o ajena, de las personas LGTBI.

Se modifica por el art. único.11 bis de la Ley 18/2023, de 27 de diciembre. BOE-A-2024-10768

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2023 En vigor BOE-A-2024-10768 Leer Qué cambió
11 de agosto de 2016 Texto original Leer

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