Legislación › Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid.
Disposición adicional primera. Medidas de ayuda.
Disposición adicional primera. Medidas de ayuda.
La Comunidad de Madrid consignará en el presupuesto anual la subvención suficiente a ayuntamientos y entidades para garantizar la aplicación de la presente Ley. Dicha cantidad económica deberá sufragar al menos el 50 % justificado de la inversión y gasto corriente, para la aplicación de las medidas adoptadas para el cumplimiento de la ley.


