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Legislación › Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola.

ANEXO XVI

ANEXO XVI

Criterios de valoración en la medida de innovación

CRITERIOS DE VALORACIÓN

Puntuación máxima

1. Características del solicitante:

1.1 Entidad resultante de un proceso de integración acogida al Real Decreto 1009/2015, de 6 de noviembre, en los dos últimos años anteriores a la solicitud.

5 puntos

1.2 Entidad Asociativa prioritaria, o entidad de base perteneciente a ella, reconocida, para el sector del vino, de acuerdo con el Real Decreto 550/2014, de 27 de junio, por el que se desarrollan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las Entidades Asociativas Prioritarias y para su inscripción y baja en el Registro Nacional de Entidades Asociativas Prioritarias, previsto en la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario.

10 puntos

1. Subtotal

15 puntos

2. Características del proyecto y la inversión:

2.1 El proyecto tiene como objetivo el desarrollo de nuevas presentaciones de producto o procesos de envasado

10 puntos

2.2 El proyecto tiene como objetivo el desarrollo de estrategias de mejora del proceso productivo (excluidos los aspectos mencionados en el criterio 2.1, 2.3 y 2.5).

10 puntos

2.3 El proyecto tiene como objetivo el desarrollo de nuevos sistemas de transporte, almacenamiento y conservación.

10 puntos

2.4 El proyecto tiene como objetivo la valorización de subproductos en productos derivados.

10 puntos

2.5 El proyecto tiene como objetivo el desarrollo de tecnología para la mejora de la eficiencia energética, la reducción del consumo hídrico o a la mejora en el tratamiento y/o a la gestión de residuos

20 puntos

2.6 El proyecto incluye un elemento de transferencia de conocimientos

15 puntos

2.7 El proyecto garantiza la participación de un centro de investigación y desarrollo

15 puntos

2.8 El proyecto se realiza en su totalidad en territorio insular

3 puntos

2. Subtotal

93 puntos

TOTAL

103 puntos

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