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Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente · Publicada el 6 de diciembre de 2016 · Último cambio el 13 de enero de 2018 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 13/01/2018
  2. [preambulo]
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  5. Artículo 2. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 18/03/2017
  6. CAPÍTULO II
  7. Sección 1
  8. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  9. Artículo 4. Tipos de acciones y duración de los programas.
  10. Artículo 5. Beneficiarios. 2 redacciones · cambió el 18/03/2017
  11. Artículo 6. Productos y países admisibles.
  12. Artículo 7. Características de las acciones y programas.
  13. Artículo 8. Presentación de solicitudes.
  14. Artículo 9. Tramitación de las solicitudes y evaluación de los programas.
  15. Artículo 10. Comisión Nacional de Selección de Programas.
  16. Artículo 11. Resolución.
  17. Artículo 12. Modificación de las acciones y programas.
  18. Artículo 13. Financiación.
  19. Artículo 14. Anticipos.
  20. Artículo 15. Pagos.
  21. Artículo 16. Gastos subvencionables.
  22. Artículo 17. Liberación de garantías.
  23. Artículo 18. Controles.
  24. Artículo 19. Controles administrativos.
  25. Artículo 20. Controles sobre el terreno.
  26. Artículo 21. Selección de la muestra de control.
  27. Artículo 22. Comprobación del material.
  28. Artículo 23. Comité de evaluación y seguimiento de la medida.
  29. Artículo 24. Informes.
  30. Sección 2
  31. Artículo 25. Ámbito de aplicación.
  32. Artículo 26. Beneficiarios.
  33. Subsección 1
  34. Artículo 27. Actividades subvencionables.
  35. Artículo 28. Planes de reestructuración y reconversión de viñedos.
  36. Artículo 29. Presentación de los planes de reestructuración y reconversión de viñedos.
  37. Artículo 30. Requisitos de los planes.
  38. Artículo 31. Aprobación de los planes.
  39. Artículo 32. Asignación inicial de fondos.
  40. Artículo 33. Criterios de prioridad adicionales.
  41. Artículo 34. Procedimiento de selección de solicitudes, y selección de operaciones para un ejercicio financiero.
  42. Artículo 35. Reasignación de fondos entre comunidades autónomas.
  43. Artículo 36. Plazo de finalización y pago de las operaciones.
  44. Artículo 37. Cálculo de la ayuda.
  45. Artículo 38. Anticipos.
  46. Artículo 39. Pago de la ayuda a los beneficiarios.
  47. Subsección 2
  48. Artículo 40. Ámbito de aplicación.
  49. Artículo 41. Requisitos de la medida.
  50. Artículo 42. Presentación y requisitos de las solicitudes.
  51. Artículo 43. Tramitación de solicitudes y asignación de fondos.
  52. Artículo 44. Cálculo de la ayuda.
  53. Artículo 45. Solicitud de pago y pago a los beneficiarios.
  54. Subsección 3
  55. Artículo 46. Condicionalidad.
  56. Artículo 47. Modificaciones de las operaciones a los beneficiarios.
  57. Artículo 48. Comunicaciones.
  58. Sección 3
  59. Subsección 1
  60. Artículo 49. Ámbito de aplicación.
  61. Artículo 50. Requisitos de los subproductos eliminados.
  62. Artículo 51. Plazo de entrega a la destilación.
  63. Artículo 52. Retiradas bajo control.
  64. Artículo 53. Sanciones.
  65. Subsección 2
  66. Artículo 54. Autorización de destiladores.
  67. Artículo 55. Plazos de entrega y de destilación.
  68. Artículo 56. Ayuda a la destilación de subproductos.
  69. Artículo 57. Solicitudes de ayuda.
  70. Artículo 58. Pago de la ayuda al destilador.
  71. Artículo 59. Justificación del destino del alcohol obtenido.
  72. Sección 4
  73. Artículo 60. Ámbito de aplicación.
  74. Artículo 61. Beneficiarios. 2 redacciones · cambió el 18/03/2017
  75. Artículo 62. Criterios de admisibilidad y costes subvencionables.
  76. Artículo 63. Características de los proyectos.
  77. Artículo 64. Presentación de solicitudes.
  78. Artículo 65. Tramitación de solicitudes.
  79. Artículo 66. Resolución.
  80. Artículo 67. Modificación de los proyectos.
  81. Artículo 68. Obligaciones específicas que emanan de la agrupación de beneficiarios.
  82. Artículo 69. Financiación.
  83. Artículo 70. Pagos.
  84. Artículo 71. Evaluación y seguimiento de la medida.
  85. Sección 5
  86. Artículo 72. Ámbito de aplicación.
  87. Artículo 73. Beneficiarios.
  88. Artículo 74. Requisitos de admisibilidad.
  89. Artículo 75. Presentación de solicitudes de ayuda.
  90. Artículo 76. Criterios de prioridad.
  91. Artículo 77. Aceptación de solicitudes.
  92. Artículo 78. Controles.
  93. Artículo 79. Cálculo de la ayuda.
  94. Artículo 80. Pago de la ayuda a los beneficiarios.
  95. Artículo 81. Sanciones.
  96. Artículo 82. Condicionalidad.
  97. CAPÍTULO III
  98. Artículo 83. Controles.
  99. Artículo 84. Pago.
  100. Artículo 85. Pagos indebidos y sanciones.
  101. Artículo 86. Comunicación relativa a los anticipos.
  102. Artículo 87. Compatibilidad de las ayudas.
  103. Artículo 88. Error manifiesto.
  104. Disposición adicional única. Medios y contención del gasto.
  105. Disposición transitoria primera. Promoción.
  106. Disposición transitoria segunda. Reestructuración y reconversión de viñedo.
  107. Disposición transitoria tercera. Inversiones.
  108. Disposición transitoria cuarta. Normativa aplicable.
  109. Disposición transitoria quinta. Referencias normativas.
  110. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  111. Disposición final primera. Título competencial.
  112. Disposición final segunda. Facultad de modificación.
  113. Disposición final tercera. Deber de información.
  114. Disposición final cuarta. Entrada en vigor y aplicación.
  115. [firma]
  116. ANEXO I
  117. ANEXO II
  118. ANEXO III
  119. ANEXO IV
  120. ANEXO V
  121. ANEXO VI
  122. ANEXO VII
  123. ANEXO VIII
  124. ANEXO IX
  125. ANEXO X
  126. ANEXO XI
  127. ANEXO XII
  128. ANEXO XIII
  129. ANEXO XIV
  130. ANEXO XV
  131. ANEXO XVI
  132. ANEXO XVII
  133. ANEXO XVIII
  134. ANEXO XIX