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Legislación › Ley Foral 15/2016, de 11 de noviembre, por la que se regulan los derechos a la Inclusión Social y a la Renta Garantizada.

Disposición transitoria tercera. Servicios públicos competentes.

Disposición transitoria tercera. Servicios públicos competentes.

En tanto no se establezcan reglamentariamente los servicios públicos a los que se refiere el artículo 18 de la presente ley foral, estas funciones serán realizadas por los Servicios Sociales de Base.

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