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Legislación › Real Decreto 542/2016, de 25 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte.

Disposición final primera. Título competencial.

Disposición final primera. Título competencial.

El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución Española, por el que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de, respectivamente, bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y bases y coordinación general de la sanidad.

Se exceptúa el capítulo III y el régimen sancionador correspondiente, así como la disposición transitoria segunda, que se dictan al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.10.ª y 16.ª, primer inciso, de la Constitución Española, por el que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de comercio y sanidad exteriores.

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