LexTotal

Legislación › Real Decreto 701/2016, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos que deben cumplir los equipos marinos destinados a ser embarcados en los buques.

ANEXO V

ANEXO V

Requisitos que deben cumplir las autoridades notificantes

Las autoridades notificantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Se establecerán de forma que no exista ningún conflicto de intereses con los organismos de evaluación de la conformidad.

2. Se organizarán y gestionarán de forma que se preserve la objetividad e imparcialidad de sus actividades.

3. Se organizarán de forma que toda decisión relativa a la notificación de un organismo de evaluación de la conformidad sea adoptada por personas competentes distintas de las que llevaron a cabo la evaluación.

4. No ofrecerán ni ejercerán ninguna actividad que efectúen los organismos de evaluación de la conformidad ni servicios de consultoría en condiciones comerciales o de competencia.

5. Preservarán la confidencialidad de la información obtenida.

6. Dispondrán de suficiente personal competente para efectuar adecuadamente sus tareas.

← Disposición final quinta Índice