Legislación › Circular 2/2016, de 2 de febrero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) n.º 575/2013.
ANEJO IV
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de febrero de 2016 y la del 7 de abril de 2022.
Tachado: lo que se quitó (325 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1996 palabras).
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ANEJO IV
Estados que hay que remitir sobre remuneraciones remuneraciones. Información relativa a la remuneración de todo el personal
Estado R.01: Información relativa a la remuneración de todo el personal
Estado R.01.00: Información relativa a la remuneración de todo el personal
Importes en euros
Áreas de negocio ·
Consejo de Administración. Consejeros no ejecutivos1 ·
Consejo de Administración. Consejeros ejecutivos2 ·
Banca de inversión3 ·
Banca comercial4 ·
Gestión de activos5 ·
Funciones corporativas6 ·
Funciones independientes de control7 ·
Resto8 ·
Total ·
1. Número total de personal (empleados o no). ·
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2. Número de empleados equivalentes a tiempo completo9. ·
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3. Resultado del ejercicio10. ·
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4. Remuneración total11. ·
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De los que: remuneración variable, incluidas aportaciones a beneficios discrecionales por pensión12. ·
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1 Incluye a los miembros no ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad incluida en el del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.8), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 2 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se asignarán los miembros a esta categoría teniendo en cuenta el punto 5.7 de las directrices sobre el ejercicio de comparación de remuneraciones de la Autoridad Bancaria Europea (EBA/GL/2014/08). Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración.
2 Incluye a los miembros ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad incluida en el ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.7), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 1 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010. Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración.
3 Incluye servicios de asesoramiento a empresas en materia de finanzas corporativas, capital riesgo, mercados de capitales, ventas negociación y negociación. ventas.
4 Incluye toda la actividad de préstamos (a particulares y a empresas).
5 Incluye gestión de carteras, gestión de instituciones de inversión colectiva y otras formas de gestión de activos.
6 Todas las funciones que tienen de responsabilidad para la entidad en su conjunto, a nivel consolidado y/o individual, individual; por ejemplo ejemplo, recursos humanos o sistemas de información.
7 Personal de la unidad de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna. interna, según se describe en la guía de la ABE sobre gobierno interno. La información de estas funciones deberá realizarse a nivel consolidado y/o judicial. individual.
8 Esta columna incluirá a aquellos empleados que no pueden ser ubicados en una de las áreas de negocio indicadas. En este caso, la entidad incluirá información cualitativa en la línea correspondiente al número total de empleados indicando la actividad que realizan
9 El número debe estar expresado en empleados equivalentes a tiempo completo y referido al de los empleados activos en la entidad al final del de año.
10 Resultado del ejercicio de la entidad reportado en la cuenta de pérdidas y ganancias reservada. Para los grupos consolidados,se consolidados, se informará del resultado del ejercicio consolidado (atribuido a la entidad dominante y a los intereses minoritarios).
11 Remuneración La remuneración total comprende la remuneración fija (incluidas aportaciones regulares a y la remuneración variable de acuerdo con los planes principios generales de pensiones), variable, variable diferida, pagos por cese y aportaciones a beneficios discrecionales por pensión realizadas la política de remuneraciones recogidos en el ejercicio. artículo 33.1 letra e) de la Ley 10/2014. Los datos se facilitan en importe bruto, bruto incluyendo todos los costes para la entidad, excepto las contribuciones obligatorias a la Seguridad Social y planes similares.
12 Remuneración La remuneración variable incluye pagos adicionales u otras retribuciones que dependan del desempeño o,en o, en circunstancias excepcionales, otros elementos contractuales, pero no aquellos que forman parte de los paquetes habituales para empleados (como asistencia sanitaria, ayuda a los hijos o aportaciones normales y proporcionadas a planes de pensiones). pensiones) de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 2.º de la Ley 10/2014. Deberán incluirse tanto las retribuciones pecuniarias como las no pecuniarias. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r.v.), (r. v.), que se aplica a la r .v. r. v. total, a la r.v.en r. v. en metálico, a la r.v.en r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r.v. r. v. en otros tipos de instrumentos.
13 Como ·
Estado R.02: Información relativa a la remuneración devengada por el colectivo identificado
Estado R.02.00: Información relativa a la remuneración devengada por el colectivo identificado
Importes en euros
Áreas de negocio ·
Consejo de Administración. Consejeros no ejecutivos1 ·
Consejo de Administración. Consejeros ejecutivos2 ·
Banca de inversión3 ·
Banca comercial4 ·
Gestión de activos5 ·
Funciones corporativas6 ·
Funciones de control7 ·
Resto8 ·
1. Colectivo identificado (empleados o no). ·
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2. Número de empleados identificados9 equivalentes a tiempo completo10. ·
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3. Número de empleados identificados en puestos de alta dirección11. ·
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4. Importe de la remuneración fija total12. ·
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De los que: en metálico. ·
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De los que: en acciones o instrumentos relacionados. ·
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De los que: en otros tipos de instrumentos. ·
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5. Importe de la remuneración variable total13. ·
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De los que: en metálico. ·
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De los que: en acciones o instrumentos relacionados. ·
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De los que: en otros tipos de instrumentos14. ·
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6. Total remuneración variable devengada en el ejercicio que se define difiere15. ·
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De los que: en metálico. ·
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De los que: en acciones o instrumentos relacionados. ·
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De los que: en otros tipos de instrumentos16. ·
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Información adicional sobre el punto (73) importe total de remuneración variable.
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7. Importe total de remuneración variable diferida devengada en años anteriores17, art. 450.1 h (iii) del Reglamento (UE) n.º 575/2013. ·
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8. Importe del ajuste explícito ex post por desempeño aplicado en el año para las remuneraciones devengadas en los años previos18. ·
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9. Número de beneficiarios de remuneración variable garantizada19. ·
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10. Importe total de remuneración variable garantizada en el año. ·
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11. Número de beneficiarios de indemnizaciones por despido por resolución anticipada de contrato. ·
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12. Importe total de indemnizaciones por resolución anticipada de contrato pagadas en el año. ·
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13. Importe máximo de indemnización por resolución anticipada de contrato satisfecho a una persona, según artículo 4.1 450.1 h (v) del Reglamento (UE) n.º 575/2013.. 575/2013. ·
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14. Número de beneficiarios de aportaciones a beneficios discrecionales de pensión realizadas en el ejercicio. ·
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15. Importe total de las aportaciones a beneficios discrecionales de pensión en el ejercicio20. ·
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16. Importe total de retribución variable devengada en períodos plurianuales en programas que no se actualizan anualmente. ·
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1 Incluye a los miembros no ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad comprendida en el del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.8), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 2 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se asignarán los miembros a esta categoría teniendo en cuenta el punto 5.7 de las directrices sobre el ejercicio de comparación de remuneraciones de la Autoridad Bancaria Europea (EBA/GL/2014/08). Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración.
2 Incluye a los miembros ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad comprendida en el del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.7), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 1 del artículo 529 duodecies del Real Decreto decreto Legislativo 1/2010. Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración.
3 Incluye servicios de asesoramiento a empresas en materia de finanzas corporativas, capital riesgo, mercados de capitales, ventas negociación y negociación. ventas.
4 Incluye toda la actividad de préstamos (a particulares y a empresas).
5 Incluye gestión de carteras, gestión de instituciones de inversión colectiva y otras formas de gestión de activos.
6 Todas las funciones que tienen de responsabilidad para la entidad en su conjunto, conjunto a nivel consolidado y/o individual, individual; por ejemplo ejemplo, recursos humanos o sistemas de información.
7 Personal de la unidad de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna. interna, según se describe en la guía de la ABE sobre gobierno interno (EBA/GL/2017/11). La información de estas funciones deberá realizarse a nivel consolidado y/o individual.
8 Esta columna incluirá a aquellos empleados que no pueden ser ubicados en una de las áreas de negocio indicadas. En este caso, la entidad incluirá información cualitativa en la línea correspondiente al número total de empleados, indicando la actividad que realizan.
9 Número de empleados a final de año.
10 Empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad, de acuerdo con los artículos el artículo 92, apartado 2, 3 y 4 del Reglamento Delegado (UE) n.º 604/2014. de
10 El número debe estar expresado en empleados equivalentes a tiempo completo y referido allos empleados activos en la entidad al final de año. Directiva 2013/36/UE (colectivo identificado).
11 Altos directivos, entendidos tal y como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 9, de la Directiva 2013/36/UE; es decir, aquellas personas físicas que ejerzan funciones ejecutivas en la entidad y que sean responsables de su gestión diaria y deban rendir cuentas de ello ante el órgano de dirección.
12 Las funciones de control comprenden las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, así como las unidades de control dependientes de las áreas de negocio. La remuneración fija incluye pagos, contribuciones regulares (no discrecionales) a fondos de pensiones o beneficios (que no dependan de la actuación de quien los
13 Remuneraciónpercibe). percibe), de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 1.º de la Ley 10/2014.
14 Remuneración 13 La remuneración variable incluye pagos adicionales u otras retribuciones que dependan del desempeño o, en circunstancias excepcionales, otros elementos contractuales, pero no aquellos que forman parte de los paquetes habituales para empleados (como asistencia sanitaria, ayuda a los hijos o aportaciones normales y proporcionadas a planes de pensiones). pensiones) de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 2.º de la Ley 10/2014. Deberán incluirse tanto las retribuciones pecuniarias como las no pecuniarias. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r.v.), (r. v.), que se aplica a la r.v. r. v. total, a la r.v. r. v. en metálico, a la r.v. r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r.v. r. v. en otros tipos de instrumentos.
15 Instrumentos 14 Efectivo o instrumentos de acuerdo con el artículo 34.1.l).2.º 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra I).2.ª de la Ley 10/2014.
16 15 Remuneración diferida de acuerdo con el artículo 34.1.m) 94, apartado 1, letra m), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra m) de la Ley 10/2014. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r.v.), (r. v.), que se aplica a la r.v. r. v. total, a la r.v. r. v. en metálico, a la r.v. r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r.v. r. v. en otros tipos de instrumentos.
16 Instrumentos contemplados en el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra I).2.ª de la Ley 10/2014.
17 Remuneración variable diferida devengada en períodos anteriores que aún no se ha consolidado. Se declararán los importes brutos, sin ninguna reducción por la aplicación del tipo de descuento de la remuneración variable diferida.
18 Ajuste explícito ex-post como se define en ex post por desempeño conforme al artículo 94, apartado 1, letra n), de la Directiva 2013/36/UE y el articulo 34.1.n) artículo 34.1 letra n) de la Ley 10/2014.
18 19 Retribución variable garantizada con las precisiones que establecen los apartados el artículo 94, apartado 1, letras d) y e), de la Directiva 2013/36/UE y las letras d) y e) del articulo artículo 34.1 de la Ley 10/2014.
19 20 Como se define en el punto (73) del artículo 4.1 del Reglamento (UE) n.º 575/2013. 3, apartado 53, de la Directiva 2013/36/UE.
ESTADO RM3 ·
DESGLOSE POR BANDAS SALARIALES DE LAS PERSONAS CUYA REMUNERACIÓN ALCANCE O SUPERE 1 MILLÓN DE EUROS Estado R.03: Desglose por bandas salariales de las personas cuya remuneración alcance o supere el millón de euros
Estado R.03.00: Desglose por bandas salariales de las personas cuya remuneración alcance o supere el millón de euros
Remuneración total total.
Bandas salariales en euros ·
Número de personas personas2 ·
De 1.000.000 a menos de 1.500.000 1.500.000. ·
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De 1.500.000 a menos de 2.000.000 2.000.000. ·
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De 2.000.000 a menos de 2.500.000 2.500.000. ·
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De 2.500.000 a menos de 3.000.000 3.000.000. ·
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De 3.000.000 a menos de 3.500.000 3.500.000. ·
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De 3.500.000 a menos de 4.000.000 4.000.000. ·
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De 4.000.000 a menos de 4.500.000 4.500.000. ·
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De 4.500.000 a menos de 5.000.000 5.000.000. ·
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De 5.000.000 a menos de 6.000.000 6.000.000. ·
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De 6.000.000 a menos de 7.000.000 7.000.000. ·
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De 7.000.000 a menos de 8.000.000 8.000.000. ·
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De 8.000.000 a menos de 9.000.000 9.000.000. ·
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De 9.000.000 a menos de 10.000.0001 10.000.0001. ·
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Total
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1 Se añadirán más bandas salariales en caso necesario.
2 Número de personas físicas que forman parte del colectivo identificado cuya remuneración es igual o superior al millón de euros por ejercicio financiero.
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Estado R.04: Información sobre las personas cuyas remuneraciones devengadas alcancen o superen el millón de euros en el año
Estado R.04.00: Información sobre las personas cuyas remuneraciones devengadas alcancen o superen el millón de euros en el año
BANDA SALARIAL1 ·
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PAÍS ·
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Importes en euros
Áreas de negocio ·
Consejo de Administración. Consejeros no ejecutivos2 ·
Consejo de Administración. Consejeros ejecutivos3 ·
Banca de inversión4 ·
Banca comercial5 ·
Gestión de activos6 ·
Funciones corporativas7 ·
Funciones independientes de control8 ·
Resto9 ·
1. Número de personas de alta dirección10. ·
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2. Número de personas en funciones de control11. ·
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3. Número personas de otro personal. ·
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4. Número total de personas cuyas remuneraciones devengadas superaron el millón de euros en el año. ·
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De los que: «colectivo identificado»12. ·
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5. Total remuneración fija13. ·
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De los que: en metálico. ·
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De los que: en acciones o instrumentos relacionados. ·
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De los que: en otros tipos de instrumentos. ·
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6. Total remuneración variable14. ·
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De los que: en metálico. ·
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De los que: en acciones o instrumentos relacionados. ·
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De los que: en otros tipos de instrumentos15. ·
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7. Total remuneración variable devengada en el ejercicio que se difiere16. ·
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De los que: en metálico. ·
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De los que: en acciones o instrumentos relacionados. ·
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De los que: en otros tipos de instrumentos17. ·
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Información adicional sobre el importe total de remuneración variable. ·
8. Número de beneficiarios de indemnizaciones por resolución anticipada de contrato. ·
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9. Importe total de indemnizaciones por resolución anticipada de contrato en el ejercicio. ·
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10. Importe total de las aportaciones a beneficios discrecionales de pensión en el ejercicio18. ·
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11. Importe total de retribución variable devengada en períodos plurianuales en programas que no se actualizan anualmente. ·
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Nota: actividades desarrolladas por las personas incluidas en «Resto». ·
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1 Deberá completarse un estado por cada banda salarial de 1 un millón de euros, a partir de 1 un millón de euros.
2 Incluye a los miembros no ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad comprendida en el del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.8), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 2 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se asignarán los miembros a esta categoría teniendo en cuenta el punto 3.4 de las directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración de la Autoridad Bancaria Europea (EBA/GL/2014/07). Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración.
3 Incluye a los miembros ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad comprendida en el del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.7), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 1 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010. Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración.
4 Incluye servicios de asesoramiento a empresas en materia de finanzas corporativas, capital riesgo, mercados de capitales, ventas y negociación.
5 Incluye toda la actividad de préstamos (a particulares y a empresas).
6 Incluye gestión de carteras, gestión de instituciones de inversión colectiva y otras formas de gestión de activos.
7 Todas las funciones que tienen responsabilidad para la entidad en su conjunto, a nivel consolidado y/o individual, individual; por ejemplo ejemplo, recursos humanos o sistemas de información.
8 Personal de la unidad de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna. interna, según se describe en la guía de la ABE sobre gobierno interno (EBA/GL/2017/11). La información de estas funciones deberá realizarse a nivel consolidado y/o individual.
9 Esta columna incluirá a aquellos empleados que no pueden ser ubicados en una de las áreas de negocio indicadas. En este caso, la entidad incluirá una nota a pie de página en esta columna e información cualitativa en la línea correspondiente al número total de empleados, empleados indicando la actividad que realizan.
10 Alto directivo, entendido Altos directivos, tal y como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 9, de la Directiva 2013/36/UE, es decir, aquellas personas físicas que ejerzan funciones ejecutivas en la entidad y que sean responsables de su gestión diaria y deban rendir cuentas de ello ante el órgano de dirección.
11 Las funciones de control comprenden las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, así como las unidades de control dependientes de las áreas de negocio.
12 Empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad, de acuerdo con los artículos el artículo 92, apartado 2, 3 de la Directiva 2013/36/UE y 4 del Reglamento Delegado (UE) n.º 604/2014. el artículo 32.1 de la Ley 10/2014.
13 Remuneración La remuneración fija incluye pagos, contribuciones regulares (no discrecionales) a fondos de pensiones o beneficios (que no dependan de la actuación de quien los percibe). percibe), de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogidos en el artículo 33.1 letra e) 1.º de la Ley 10/2014.
14 Remuneración La remuneración variable incluye pagos adicionales u otras retribuciones que dependan del desempeño o, en circunstancias excepcionales, otros elementos contractuales, pero no aquellos que forman parte de los paquetes habituales para empleados (como asistencia sanitaria, ayuda a los hijos o aportaciones normales y proporcionadas a planes de pensiones). pensiones) de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 2.º de la Ley 10/2014. Deberán incluirse tanto las retribuciones pecuniarias como las no pecuniarias. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r.v.), (r. v.), que se aplica a la r.v. r. v. total, a la r.v. r. v. en metálico, a la r.v. r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r.v. r. v. en otros tipos de instrumentos.
15 Instrumentos de acuerdo con el artículo 34.1.l).2.º 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 I).2.ª de la Ley 10/2014.
16 Remuneración diferida de acuerdo con el artículo 34.1.m) 94, apartado 1, letra m), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra m) de la Ley 10/2014. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r.v.), (r. v.), que se aplica a la r.v. r. v. total, a la r.v. r. v. en metálico, a la r.v. r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r.v. r. v. en otros tipos de instrumentos.
17 Como Instrumentos contemplados en el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra I).2.ª de la Ley 10/2014.
18 Según se define en el punto (73) del artículo 4.1 del Reglamento (UE) n.º 575/2013. 3, apartado 53, de la Directiva 2013/36/UE.
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Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de diciembre de 2023 En vigor | BOE-A-2023-23052 | Leer | Qué cambió |
| 7 de abril de 2022 | BOE-A-2022-5524 | Leer | Qué cambió |
| 10 de febrero de 2016 | Texto original | Leer |


