Legislación › Circular 2/2016, de 2 de febrero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) n.º 575/2013.
Norma 21. Publicidad de los colchones contra riesgos sistémicos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de febrero de 2016 y la del 7 de abril de 2022.
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Norma 21. Publicidad de los colchones contra riesgos sistémicos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 del Real Decreto 84/2015, el Banco de España anunciará la fijación o modificación del colchón contra riesgos sistémicos mediante publicación en su sitio web. El anuncio incluirá, al menos, la siguiente información:
a) El porcentaje o porcentajes del colchón.
b) Las entidades a las que se aplica el porcentaje o porcentajes del colchón.
c) Los motivos Las exposiciones a las que justifican se aplica el porcentaje o porcentajes del colchón.
d) Una justificación de la fijación o modificación del porcentaje o porcentajes del colchón.
e) La fecha a partir de la cual las entidades deben aplicar el colchón que se haya fijado o modificado.
e) f) Los nombres de los países donde estén ubicadas las exposiciones a las que se aplica el colchón.
La Cuando la publicación de la información indicada en el punto c) no a que se incluirá en el anuncio si su publicación refiere la letra d) pudiera hacer peligrar la estabilidad del sistema financiero. financiero, dicha información no se incluirá en la publicación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de abril de 2022 En vigor | BOE-A-2022-5524 | Leer | Qué cambió |
| 10 de febrero de 2016 | Texto original | Leer |


