Legislación › Circular 2/2016, de 2 de febrero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) n.º 575/2013.
Norma 35 bis. Procedimientos y requisitos relativos a los préstamos a los directores generales o asimilados de la entidad de crédito.
Norma 35 bis. Procedimientos y requisitos relativos a los préstamos a los directores generales o asimilados de la entidad de crédito.
De acuerdo con el artículo 35.1 y 35.2 del Real Decreto 84/2015, los préstamos otorgados a los directores generales o asimilados de la entidad de crédito se someterán a los mismos procedimientos y requisitos establecidos para los préstamos a los miembros del consejo de administración previstos en los apartados 3 a 7 de la norma 35.
A los efectos de esta norma, las operaciones de préstamo serán las mismas que se establecen en el apartado 1 de la norma 35.
Se añade por la norma primera.27 de la Circular 3/2022, de 30 de marzo. BOE-A-2022-5524


