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Legislación › Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes.

Artículo 6. Autoridad notificante.

Artículo 6. Autoridad notificante.

A los efectos de lo previsto en este real decreto, la Dirección General de la Marina Mercante tendrá el carácter de autoridad notificante.

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