Legislación › Real Decreto 108/2016, de 18 de marzo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los recipientes a presión simples.
Artículo 5. Libre circulación.
Artículo 5. Libre circulación.
No se podrá prohibir, restringir ni obstaculizar la comercialización y la puesta en servicio de los recipientes a presión simples que cumplan el presente real decreto.


