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Legislación › Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno.

Disposición adicional sexta. Dotación de personal funcionario adicional.

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Disposición adicional sexta. Reasignación Dotación de los medios del Valedor del Pueblo. personal funcionario adicional.
A la entrada en vigor de la presente ley, el valedor o valedora del pueblo procederá a la reordenación y reasignación de los medios personales y materiales de la institución para garantizar Para el cumplimiento ejercicio de los fines y las funciones que esta ley atribuye al Comisionado de la Transparencia y a la Comisión de la Transparencia. Transparencia, el Consejo Consultivo de Galicia podrá dotarse del personal funcionario adicional, respetando los límites presupuestarios establecidos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2026 En vigor BOE-A-2026-3385 Leer Qué cambió
6 de marzo de 2016 Texto original Leer

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