Legislación › Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.
Artículo 45. Instrumentos de planeamiento urbanístico.
Artículo 45. Instrumentos de planeamiento urbanístico.
La ordenación urbanística se llevará a cabo a través del Plan básico autonómico, los planes básicos municipales y los planes generales de ordenación municipal, así como a través de sus instrumentos urbanísticos de desarrollo.


