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Legislación › Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.

Artículo 45. Instrumentos de planeamiento urbanístico.

Artículo 45. Instrumentos de planeamiento urbanístico.

La ordenación urbanística se llevará a cabo a través del Plan básico autonómico, los planes básicos municipales y los planes generales de ordenación municipal, así como a través de sus instrumentos urbanísticos de desarrollo.

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