Legislación › Ley 1/2016, de 4 de abril, de impulso y consolidación del diálogo social en La Rioja.
Artículo 10. Comisiones especializadas y comisiones negociadoras.
Artículo 10. Comisiones especializadas y comisiones negociadoras.
El Pleno del Consejo del Diálogo Social creará comisiones especializadas y comisiones negociadoras con la finalidad de impulsar y de negociar materias concretas, conforme regule el reglamento de funcionamiento interno.


