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Legislación › Ley 1/2016, de 4 de abril, de impulso y consolidación del diálogo social en La Rioja.

Artículo 9. El presidente.

Artículo 9. El presidente.

1. El presidente del Consejo ostenta la representación del mismo.

2. Son funciones del presidente:

a) Convocar las sesiones del Consejo.

b) Presidir las sesiones del Consejo y moderar el desarrollo de los debates.

c) Fijar el orden del día de las sesiones del Consejo.

d) Las demás funciones que le encomienden las leyes y el reglamento de funcionamiento interno.

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