Legislación › Ley 6/2015, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2016.
Artículo 4. Bonificación general en el impuesto sobre el patrimonio.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2016 y la del 2 de abril de 2017.
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Artículo 4. Bonificación general en el impuesto sobre el patrimonio.
Con posterioridad a las deducciones y bonificaciones reguladas por la normativa del Estado, se aplicará, sobre la cuota resultante, una bonificación autonómica del 50 % de dicha cuota, si esta es positiva. (Derogado).
No se aplicará esta bonificación si la cuota resultante fuese nula.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de abril de 2017 En vigor | BOE-A-2017-4394 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | Texto original | Leer |


