Legislación › Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias.
Artículo 82. Voluntariado.
Artículo 82. Voluntariado.
Las administraciones públicas fomentarán el voluntariado que colabore en las tareas de prestación de servicios de promoción de la salud, así como de prevención, asistencia e inclusión de personas con problemas por consumos de drogas y conductas adictivas.


