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Legislación › Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias.

Disposición transitoria.

Disposición transitoria.

En tanto se mantenga la actual estructura del Departamento de Salud, las funciones atribuidas en el artículo 73.2 de la presente ley al órgano de apoyo y asistencia serán asumidas por la Dirección de Salud Pública y Adicciones.

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