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Legislación › Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.

APÉNDICE 14

APÉNDICE 14. REQUISITOS ADICIONALES DE PUBLICIDAD (artículo 26 de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental)

I. Introducción

El artículo 26.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, establece que:

En el plazo de quince días hábiles desde la adopción o aprobación del plan o programa, el órgano sustantivo remitirá para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente la siguiente documentación:

a) La resolución por la que se adopta o aprueba el plan o programa, y una referencia a la dirección electrónica en la que el órgano sustantivo pondrá a disposición del público el contenido íntegro de dicho plan o programa.

b) Un extracto que incluya los siguientes aspectos:

1.º De qué manera se han integrado en el plan o programa los aspectos ambientales.

2.º Cómo se ha tomado en consideración en el plan o programa el estudio ambiental estratégico, los resultados de la información pública y de las consultas, incluyendo en su caso las consultas transfronterizas y la declaración ambiental estratégica, así como, cuando proceda, las discrepancias que hayan podido surgir en el proceso.

3.º Las razones de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las alternativas consideradas.

c) Las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan o programa.

El apartado a) queda completado con la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente real decreto aprobatorio, cuya disposición adicional tercera indica las direcciones electrónicas a través de las que se puede acceder al contenido íntegro de los planes.

Las siguientes páginas incorporan el contenido señalado en los apartados b) y c) del citado artículo 26.2 de Ley de Evaluación Ambiental.

II. Resultado de la integración de los aspectos ambientales en el plan hidrológico o en el programa de medidas contenido en dicho plan

A continuación se identifican, de forma sintética, aquellos contenidos del Plan Hidrológico (2015-2021) que han resultado merecedores de una atención específica en aras a una mayor integración de los aspectos medioambientales en el proceso de planificación hidrológica:

a) En la delimitación de las masas de agua se ha tenido en cuenta la existencia de áreas protegidas, en especial, los espacios incluidos en la Red Natura 2000. En otros casos, los tramos de aguas superficiales utilizados para abastecimiento urbano también han condicionado la delimitación de las masas de agua de la demarcación.

b) Se ha realizado una descripción de las características fisicoquímicas correspondientes a las condiciones naturales de las aguas incluidas en el inventario de recursos. Esta determinación ha servido de base para el establecimiento de las condiciones fisicoquímicas de referencia para las distintas tipologías de las masas de agua en España.

c) Para el cálculo de los balances correspondientes al horizonte 2033, se ha tenido en cuenta el efecto a largo plazo que el cambio climático puede inducir sobre los recursos hídricos naturales. En este sentido, se ha considerado el «Estudio de los Impactos del Cambio Climático en los Recursos Hídricos y las Masas de Agua» (CEDEX, 2012)(1) que fija en un 6 % el porcentaje de reducción de los recursos naturales para esta demarcación.

(1) http://www.magrama.gob.es/es/agua/temas/planificacion-hidrologica/planificacion-hidrologica/EGest_CC_RH.aspx

d) La Memoria del PH incluye un apartado dedicado al análisis de la huella hídrica, indicador complementario de la sostenibilidad en el uso de los recursos naturales. En una primera aproximación, los resultados obtenidos de la huella hídrica en la demarcación del Guadiana han sido: la huella hídrica estándar es de 2.373,5 m3 por habitante y año y la huella hídrica adaptada es de 5.730,9 metros cúbicos por habitante y año.

e) Si bien en la Directiva Marco del Agua (en adelante DMA) no se establece el requerimiento de establecer regímenes de caudales ecológicos, la determinación de los mismos y su mantenimiento supone un paso adelante en el camino hacia el logro del buen estado de las masas de agua, objetivo concreto y principio que inspira toda la DMA. Para las masas de agua estratégicas, con regímenes de caudales ecológicos ya definidos, se ha incorporado como mejora una nueva modulación de los caudales mínimos, más acorde con el régimen natural. Los nuevos caudales ecológicos que se han incorporado en el actual ciclo de planificación, pretenden extender los regímenes de caudales mínimos a la práctica totalidad de las masas de agua tipo río de la cuenca.

f) Conforme al artículo 99 bis del TRLA, se ha actualizado el registro de zonas protegidas. A la propuesta de una reserva natural fluvial en el primer ciclo, se han añadido ahora cinco más. Tres de las seis han sido ya aprobadas por Acuerdo del Consejo de Ministros del 20 de noviembre de 2015. El programa de control de zonas protegidas incluye los siguientes programas:

Programa de control de aguas de abastecimiento.

Programa de control ambiental de aguas de baño.

Programa de control de aguas afectadas por nitratos de origen agrario.

Programa de control de aguas en zonas sensibles por vertidos urbanos.

Programa de control de aguas en zonas de protección de hábitats o especies.

g) Respecto a la valoración del estado de las masas de agua, el número de masas de agua en buen estado supone un 28,57 % del total de masas de agua en la demarcación.

h) En el plan se han definido los objetivos medioambientales de las masas de agua de la demarcación y los plazos previstos para su consecución. Cada una de las exenciones al cumplimiento de los objetivos generales se justifican en las fichas sistemáticas que se incluyen en la memoria. Para alcanzar los objetivos mencionados se han combinado las medidas más adecuadas considerando los aspectos económicos, sociales y ambientales de las mismas. Además, en la selección del conjunto de medidas se han tenido en cuenta, en los casos donde ha sido posible realizarlo, los resultados del análisis coste-eficacia, así como los efectos sobre otros problemas medioambientales y sociales.

i) Se ha llevado a cabo una estimación del coste ambiental asociado a la prestación de los servicios del agua e inclusión en el análisis de recuperación de costes. El coste ambiental se define como el coste adicional que es necesario asumir para recuperar el estado –o potencial– de las masas de agua retirando el deterioro introducido por el servicio del agua para el que se valora el grado de recuperación de costes.

j) Entre los planes dependientes del plan hidrológico se encuentran los planes de gestión de las situaciones de sequías e inundaciones, de los que se incorpora un resumen en el plan hidrológico, tal y como establece la IPH.

k) En el primer caso, se dispone de un Plan Especial para la cuenca del Guadiana aprobado en marzo de 2007 que ha sido adaptado a esta revisión del PHC; mientras que en el segundo caso, el Plan de Evaluación y Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana se ha elaborado coordinadamente con el Plan Hidrológico.

l) Asimismo, se ha dado cumplimiento a otro de los grandes objetivos del proceso que consiste en la transparencia y participación pública a través del acceso a la información del proceso planificador. Se han realizado consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas tanto en relación con el documento inicial estratégico y el estudio ambiental estratégico, como en relación a los distintos documentos del Plan Hidrológico.

III. Procedimiento seguido para la toma en consideración en el plan o programa del estudio ambiental estratégico, de los resultados de la información pública y de las consultas, incluyendo en su caso las consultas transfronterizas y la declaración ambiental estratégica, así como, en su caso, las discrepancias que se hayan producido a lo largo del proceso de planificación

Como resultado de las consultas realizadas se han identificado diversas oportunidades de mejora de los documentos que se sometieron a información pública, durante un periodo de tiempo de seis meses, a partir del 31 de diciembre de 2014. En particular, se recibieron 37 documentos con propuestas, observaciones o sugerencias que quedaron analizados en el Informe «Documento resumen de propuestas, observaciones y sugerencias al PHC PGRI y EsAE», al que puede accederse a través de la dirección electrónica que conduce a la documentación de este Plan Hidrológico.

La Declaración Ambiental Estratégica, aprobada por resolución del Secretario de Estado de Medio Ambiente y posteriormente publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del día 18 de septiembre de 2015, incorpora una serie de determinaciones ambientales referidas a las siguientes cuestiones:

a) Criterios generales que deben regir en la aplicación de los planes.

b) Sobre la determinación del estado de las masas de agua.

c) Sobre los caudales ecológicos.

d) Sobre la definición de los objetivos ambientales.

e) Sobre el programa de medidas.

f) Sobre los efectos en Red Natura 2000 terrestre y marina y espacios protegidos.

g) Sobre la recuperación de costes de los servicios del agua.

h) Sobre el seguimiento ambiental.

Parte de estas determinaciones han de aplicarse en el propio Plan Hidrológico, por lo que las tareas que conducen a su materialización se incorporan en el programa de medidas que acompaña al Plan (ver anexo 11 a la Memoria). En otros casos se trata de compromisos a medio plazo, que deberán evidenciarse en la futura revisión prevista para final del año 2021.

IV. Motivos determinantes de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las alternativas consideradas

Para la elección de la alternativa más adecuada, se ha considerado una alternativa 0, o tendencial, que viene a corresponder con la evolución tendencial de los problemas si no se revisase el Plan Hidrológico de la demarcación. Adicionalmente se considera una alternativa 1, de máximo cumplimiento posible de los objetivos ambientales en el horizonte de 2021; y complementariamente, una alternativa 2, donde para la resolución de cada uno de los problemas se integra la consideración de los aspectos socioeconómicos relevantes que también son objetivo de la planificación.

A la vista de los resultados del análisis realizado teniendo en cuenta el cumplimiento de los objetivos ambientales y socioeconómicos de la planificación hidrológica y la previsible respuesta de los indicadores ambientales estratégicos, cada una de las alternativas propuestas ofrece las siguientes ventajas e inconvenientes:

Alternativa

Ventajas

Inconvenientes

Alt. 0

Menores necesidades presupuestarias y mejor ajuste al contexto económico.

El grado de cumplimiento de los objetivos ambientales, tanto en masas de agua superficial como subterránea, es menor que en las alt. 1 y 2.

Se pierde la oportunidad de trabajar de forma conjunta frente al riesgo de inundación y se incumpliría la normativa europea.

Alt. 1

El grado de cumplimiento de los objetivos ambientales en masas de agua superficial aumenta hasta el 82,41 % en 2021 y 83,79 % en 2027.

El grado de cumplimiento de los objetivos ambientales en masas de agua subterránea aumenta hasta el 40 %.

Hay una disminución considerable de las futuras dotaciones de abastecimiento.

Se intenta reducir al máximo el riesgo de inundación, con la consiguiente minimización de daños futuros.

El número de actuaciones integradas en la revisión del PHC provenientes del borrador del PGRI es mayor que en la alt. 0 e igual a la alt 2.

El porcentaje de unidades de demanda agraria que no cumple los criterios de garantía es mayor que en la Alt. 2.

Elevadas necesidades inversoras y peor ajuste al contexto económico.

Posibles problemas de coordinación con los objetivos de la Directiva Marco del Agua.

Rechazo social y pérdida de valores ambientales de los ecosistemas asociados.

Alt. 2

El grado de cumplimiento de los objetivos ambientales en masas de agua superficial aumenta hasta el 71,38 % en 2021 y 83,79 % en 2027.

El grado de cumplimiento de los objetivos ambientales en masas de agua subterránea aumenta hasta el 40 %.

Hay una disminución considerable de las futuras dotaciones de abastecimiento.

El porcentaje de unidades de demanda agraria que no cumple los criterios de garantía es menor que en las alt. 0 y 1.

Menores necesidades presupuestarias y mejor ajuste al contexto económico.

Reducción general del riesgo de inundación de forma sostenible y coste eficiente.

El número de actuaciones integradas en la revisión del PHC provenientes del borrador del PGRI es mayor que en la alt. 0 e igual a la alt. 1.

Hay menos actuaciones de depuración de aguas residuales.

La alternativa 1 muestra un mejor comportamiento frente al cumplimiento de los objetivos ambientales que las alternativas 0 y 2.

Aunque la alternativa 2 propone medidas que mejoran la situación actual de las masas de agua; es a más largo plazo (2027) que la alternativa 1. Sin embargo, la alternativa 1 consigue, a corto plazo (2021), el cumplimiento de los objetivos ambientales en un número mayor de masas de agua. Por ello, la alternativa 1 resulta ser la alternativa seleccionada.

Supuesta la aplicación efectiva del Programa de Medidas en cada uno de los horizontes (2016-2021 y 2022-2027), se ha supuesto que todas las medidas se ejecutan en el primer año de horizonte temporal (2016 y 2022) y que son totalmente eficaces en cualquier tipo de masa de agua.

Tras la revisión del Programa de Medidas, se proponen medidas adicionales que completan esa alternativa 1 y que mejoran el cumplimiento de los objetivos ambientales.

V. Medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan o programa

El título III del Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado mediante el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, está dedicado al seguimiento y revisión de los planes hidrológicos. En particular, los artículos 87 y 88 establecen los criterios generales del seguimiento y señalan los aspectos que deben ser objeto de un seguimiento específico.

Adicionalmente, la Declaración Ambiental Estratégica también incluye algunas determinaciones referidas específicamente al seguimiento, entre ellas la utilización del cuadro de indicadores que se planteó inicialmente en el Documento de Referencia y se concretó en el Estudio Ambiental Estratégico, y que se incluye seguidamente.

Como consecuencia de todo ello, la Confederación Hidrográfica del Guadiana informará con periodicidad no superior al año al Consejo del Agua de la Demarcación y al Ministerio que ostente las competencias sobre el agua. Asimismo, dentro del plazo de tres años a partir de esta publicación (y en cualquier caso, antes de final de 2018), se presentará un informe intermedio que detalle el grado de aplicación del programa de medidas previsto.

Componente ambiental: AIRE-CLIMA

Indicadores

Fuente

Valor actual

(2013)

2015

2021

2027

Valor medido

Valor esperado

Grado de cumplimiento (%)

Valor medido

Valor esperado

Grado de cumplimiento (%)

Valor medido

Valor esperado

Grado de cumplimiento (%)

Emisiones totales de GEI (Gg CO2-equivalente).

Inventario Nacional de Emisiones.

1.180 (2012)

                 

Emisiones GEI en la agricultura (Gg CO2-equivalente).

Inventario Nacional de Emisiones.

                   

Energía hidroeléctrica producida en régimen ordinario (GWh/%).

MINETUR.

236 GWh/1% (2012)

                 

Recursos hídricos naturales correspondientes a la serie de aportación total natural de la serie 1980/81-2011/12 (hm3).

PHG.

4.756,2 (serie 1980/81-2005/06)

                 

Número de situaciones de emergencia por sequía en los últimos cinco años.

www.chguadiana.es.

                   
Componente ambiental: VEGETACIÓN, FAUNA, ECOSISTEMAS, BIODIVERSIDAD

Indicadores

Fuente

Valor actual

(2013)

2015

2021

2027

Valor medido

Valor esperado

Grado de cumplimiento (%)

Valor medido

Valor esperado

Grado de cumplimiento (%)

Valor medido

Valor esperado

Grado de cumplimiento (%)

Número de espacios Red Natura incluidos en el RZP de la demarcación.

PHG.

105

                 

Número de reservas naturales fluviales incluidas en el RZP.

PHG.

1

                 

Número de zonas de protección especial incluidas en el RZP.

PHG.

0

                 

Número de zonas húmedas incluidas en el RZP.

PHG.

126

                 

Número de puntos de control del régimen de caudales ecológicos.

PHG/ROEA.

49

                 

% de puntos de control de caudales ecológicos en Red Natura 2000.

PHG/ROEA.

-

                 

% de masas de agua río clasificadas como HMWB.

PHG.

23,5%

                 

% de masas de agua lago clasificadas como HMWB.

PHG.

2%

                 

% de masas de agua afectadas por especies exóticas invasoras.

PHG.

41,4%

                 
Componente ambiental: PATRIMONIO GEOLÓGICO, SUELO Y PAISAJE

Indicadores

Fuente

Valor actual

(2013)

2015

2021

2027

Valor medido

Valor esperado

Grado de cumplimiento (%)

Valor medido

Valor esperado

Grado de cumplimiento (%)

Valor medido

Valor esperado

Grado de cumplimiento (%)

Superficie de suelo con riesgo muy alto de desertificación (ha).

PANG.

30.579

                 

Superficie de suelo urbano (ha).

MAGRAMA.

-

                 
Componente ambiental: AGUA, POBLACIÓN, SALUD HUMANA

Indicadores

Fuente

Valor actual

(2013)

2015

2021

2027

Valor medido

Valor esperado

Grado de cumplimiento (%)

Valor medido

Valor esperado

Grado de cumplimiento (%)

Valor medido

Valor esperado

Grado de cumplimiento (%)

Número de masas de agua afectadas por presiones significativas.

PHG.

211 (2011)

       

83

       

% de masas de agua afectadas por presiones significativas.

PHG.

63% (2011)

       

19%

       

Número de masas de agua subterránea en mal estado cuantitativo.

PHG.

12

                 

% de masas de agua subterránea en mal estado cuantitativo.

PHG.

60%

                 

Porcentaje de masas de agua subterránea afectadas por contaminación difusa.

PHG.

70%

                 

Número de masas de agua superficial en buen estado o mejor.

PHG.

98 (2011)

       

199

       

% de masas de agua superficial en buen estado o mejor.

PHG.

31,31% (2011)

       

73,70%

       

Número de masas de agua subterránea en buen estado o mejor.

PHG.

4 (2011)

       

8

       

% de masas de agua subterránea en buen estado o mejor.

PHG.

20% (2011)

       

40%

       

Número de masas de agua a las que se aplica prórroga.

PHG.

185

                 

% de masas de agua a las que se aplica prórroga.

PHG.

55%

                 

Número de masas de agua a las que se aplican objetivos menos rigurosos.

PHG.

3

                 

% de masas de agua a las que se aplican objetivos menos rigurosos.

PHG.

1%

                 

Número de masas de agua en las que se prevé el deterioro adicional.

PHG.

0

                 

% de masas de agua en las que se prevé el deterioro adicional.

PHG.

0%

                 

% de masas de agua superficial con control directo de su estado químico o ecológico.

PHG.

                   

% de masas de agua subterránea con control directo de su estado químico.

PHG.

100%

                 

Demanda total para uso de abastecimiento (hm3/año).

PHG.

159 (2012)

                 

Volumen suministrado para uso de abastecimiento (hm3/año).

PHG.

177 (2005)

                 

% de unidades de demanda de abastecimiento que no cumplen los criterios de garantía.

PHG.

0,0%

       

0%

       

Demanda total para usos agrarios (hm3/año).

PHG.

1.863 (2012)

                 

Volumen suministrado para usos agrarios (hm3/año).

PHG.

1.725 (2005)

                 

% de unidades de demanda de regadío que no cumplen los criterios de garantía.

PHG.

7,2%

       

4,3%

       

Retorno en usos agrarios (hm3/año).

PHG.

364 (2005)

                 

Capacidad total de embalse (hm3).

PHG.

9.165 (2014)

                 

Capacidad máxima de desalación (hm3/año).

PHG.

0

                 

Volumen suministrado por desalación (hm3/año).

PHG.

0

                 

Volumen reutilizado (hm3/año).

PHG.

9,13

                 

Superficie total en regadío (ha).

PHG.

398.814 (2005)

                 

% superficie regadío localizado.

PHG.

37%

                 

% superficie en regadío por aspersión.

PHG.

37%

                 

% superficie en regadío por gravedad.

PHG.

26%

                 

Excedentes de fertilización nitrogenada aplicados a los suelos y cultivos agrarios (t/año).

PHG.

23.382

                 

Descarga de fitosanitarios sobre las masas de agua (t/año).

PHG.

-

                 

Porcentaje de habitantes equivalentes que recibe un tratamiento conforme a la Directiva 91/271/CEE.

PHG.

68,1%

                 

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