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Legislación › Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.

APÉNDICE 11

APÉNDICE 11. PROGRAMA DE MEDIDAS

Apéndice 11.1. Medidas incorporadas al Programa de Medidas.

 

Coste de inversión (cifras en millones de euros)

Grupo de medidas

Nº medidas

2016-2021

2022-2027

2028-2033

total

01

Medidas de reducción de la contaminación puntual.

270

325,07

314,19

206,77

846,03

02

Medidas de reducción de la contaminación difusa.

112

40,89

30,04

9,50

80,43

03

Medidas de reducción de la presión por extracción de agua.

16

110,94

33,87

--

144,81

04

Medidas de reducción de presiones morfológicas.

114

73,47

110,45

1,80

185,72

05

Medidas de reducción de presiones hidrológicas.

23

0,15

--

45,29

45,44

06

Medidas de conservación y mejora de la estructura y funcionamiento de los sistemas acuáticos.

8

0,78

0,96

--

1,74

07

Medidas que no aplican sobre una presión concreta pero sí sobre un impacto identificado.

11

1,46

--

--

1,46

09

Medidas específicas de protección de agua potable no ligadas directamente ni a presiones ni a impactos.

1

0,00

0,97

--

0,97

10

Medidas específicas para sustancias prioritarias no ligadas directamente ni a presiones ni a impactos.

1

0,25

--

--

0,25

11

Medidas relacionadas con la mejora de la gobernanza.

239

74,81

134,43

0,01

209,25

12

Medidas relacionadas con el incremento de recursos disponibles.

81

195,86

52,38

0,90

249,14

13

Medidas de prevención de inundaciones.

8

14,68

0,99

--

15,67

14

Medidas de protección frente a inundaciones.

74

86,00

149,49

250,98

486,47

15

Medidas de preparación frente a inundaciones.

17

7,77

--

--

7,77

16

Medidas de recuperación y revisión tras inundaciones.

4

1,29

--

--

1,29

19

Medidas pata satisfacer otros usos asociados al agua.

54

59,77

74,48

56,86

191,11

TOTAL:

1.033

993,19

902,25

572,11

2.467,55

Se hace constar que la previsión de inversiones a cargo de las distintas Administraciones Públicas recogidas en el Programa de Medidas corresponde a una estimación actual que, a pesar de las cautelas que se han adoptado en la definición del mismo, estará sujeta a modificaciones durante el período de vigencia del presente Plan Hidrológico. Los posibles cambios en la inversión prevista en el Programa de Medidas podrán derivarse, bien del hecho de que se decida la no realización de alguna de las actuaciones previstas ante la inviabilidad técnica, económica o ambiental de las mismas, bien de la necesidad de aplazamiento de la ejecución de algunas de las medidas motivado por las disponibilidades presupuestarias de las distintas Administraciones Públicas implicadas.

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