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Legislación › Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.

Artículo 51. Aplicación del principio de recuperación de costes.

Artículo 51. Aplicación del principio de recuperación de costes.

En el capítulo 9 de la Memoria se recoge la información sobre la aplicación del principio de recuperación de los costes de los servicios del agua; en todo caso, solo podrán establecerse excepciones a dicho principio si se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 111 bis.3 del TRLA.

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