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Legislación › Real Decreto 197/2016, de 13 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la cooperación para planteamientos conjuntos con respecto a proyectos medioambientales y prácticas medioambientales en curso, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.

ANEXO II

ANEXO II

Criterios de selección

Criterios de selección

Puntuación máxima

1. Características del solicitante (máximo 15 puntos)

Valoración respecto a las características y la estructura del solicitante

1.1 Valoración respecto al empleo y la facturación (Los apartados 1.1.1, 1.1.2 y 1.1.3 y los subapartados son excluyentes. No obstante, se aplicará la situación más beneficiosa generada por los participantes en el proyecto de cooperación).

1.1.1 a) En el caso de pymes, si emplea menos de 250 y hasta 50 personas y cuyo volumen de negocios anual es superior a 10 y no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

2

1.1.1 b) En el caso de entidades asociativas prioritarias, con más de 20.000 socios cooperativistas de base.

1.1.2 a) En el caso de pymes, si emplea a menos de 50 y hasta 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual es superior a 2 y no excede los 10 millones de euros.

3

1.1.2 b) En el caso de entidades asociativas prioritarias, con 2000 o más socios cooperativistas de base.

1.1.3 a) En el caso de pymes, si emplea a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.

4

1.1.3 b) En el caso de entidades asociativas prioritarias, con menos de 2000 socios cooperativistas de base.

1.2 Valoración respecto a la presencia femenina (los apartados son excluyentes).

1.2.1 Con presencia femenina en el cuadro directivo con un porcentaje superior al 15 % y como máximo el 25 %.

2

1.2.2 Con presencia femenina en el cuadro directivo con un porcentaje superior al 25 %.

3

1.3 Valoración respecto a la presencia de jóvenes (los apartados son excluyentes).

1.3.1 Con presencia de jóvenes menores de 41 años en el cuadro directivo con un porcentaje superior al 15 por cien y como máximo el 25 por cien.

2

1.3.2 Con presencia de jóvenes menores de 41 años en el cuadro directivo con un porcentaje superior al 25 por cien.

3

1.4 Ámbito de actuación superior a dos Comunidades Autónomas.

3

1.5 Que la entidad se encuentre inscrita en el Registro Estatal de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria.

2

2. Características del proyecto de cooperación (máximo 90 puntos)

2.1 Valoración del potencial de integración asociativa y/o de dinamización industrial del proyecto de cooperación (máximo 15 puntos) (los apartados son sumatorios):

 

2.1.1 Cuando el beneficio potencial del proyecto de cooperación supere el ámbito de los participantes.

5

2.1.2 Cuando el proyecto de cooperación redunde en la reducción de costes de producción para los participantes.

5

2.1.3 Cuando el proyecto de cooperación derive en expectativas de mayores cuotas de mercado para los participantes.

5

2.2 Calidad técnica y viabilidad del proyecto de cooperación, claridad en la definición de objetivos y resultados esperados (máximo 10 puntos) (los apartados son sumatorios):

 

2.2.1 Calidad técnica y viabilidad del proyecto de cooperación.

5

2.2.2 Claridad en la definición de objetivos y resultados esperados.

5

2.3 Contribución a la mejora de la eficiencia energética, al ahorro energético y a la conservación del medio ambiente (máximo 40 puntos) del proyecto de cooperación (los apartados son excluyentes):

 

2.3.1 Proyecto de cooperación que se orienta a una reducción del coste de la de la energía final empleada inferior o igual al 2% y superior a cero en kWh.

5

2.3.2 Proyecto de cooperación que se orienta a una reducción del coste de la de la energía final empleada inferior o igual al 3 % y superior al 2 % en kWh.

10

2.3.3 Proyecto de cooperación que se orienta a una reducción del coste de la de la energía final empleada inferior o igual al 4 % y superior al 3 % en kWh.

20

2.3.4 Proyecto de cooperación que se orienta a una reducción del coste de la de la energía final empleada superior al 4 % en kWh.

40

2.4 Empleo de nuevas tecnologías de la información y comunicación (máximo 5 puntos):

 

2.4.1 El proyecto de cooperación incorpora la utilización de nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

5

2.5 Relación con iniciativas de adaptación o mitigación del cambio climático (máximo 10 puntos) (los apartados son sumatorios):

 

2.5.1 Alguno de los participantes en el proyecto de cooperación cuenta con una certificación medioambiental relacionada con los estándares internacionalmente reconocidos.

5

2.5.2 Alguno de los participantes en el proyecto de cooperación es un operador acogido al régimen de producción ecológica.

5

2.6 Valoración respecto a las repercusiones económicas y sociales (máximo 10 puntos) (los apartados son sumatorios):

 

2.6.1 Proyecto de cooperación vinculado a la creación de empleo en los participantes.

5

2.6.2 Proyecto de cooperación vinculado a la creación de empleo en el medio rural con influencia respecto a los participantes.

5

Se modifican los criterios de valoración 1.3.1 y 1.3.2 por el art. 3.11 del Real Decreto 21/2018, de 19 de enero. BOE-A-2018-716

Téngase en cuenta la cláusula suspensiva establecida por la disposición transitoria segunda del citado Real Decreto

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de enero de 2018 En vigor BOE-A-2018-716 Leer Qué cambió
15 de mayo de 2016 Texto original Leer

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