Legislación › Real Decreto 197/2016, de 13 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la cooperación para planteamientos conjuntos con respecto a proyectos medioambientales y prácticas medioambientales en curso, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.
ANEXO II
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de mayo de 2016 y la del 21 de enero de 2018.
Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras).
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ANEXO II
Criterios de selección
Criterios de selección
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Puntuación máxima
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1. Características del solicitante (máximo 15 puntos)
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Valoración respecto a las características y la estructura del solicitante
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1.1 Valoración respecto al empleo y la facturación (Los apartados 1.1.1, 1.1.2 y 1.1.3 y los subapartados son excluyentes. No obstante, se aplicará la situación más beneficiosa generada por los participantes en el proyecto de cooperación).
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1.1.1 a) En el caso de pymes, si emplea menos de 250 y hasta 50 personas y cuyo volumen de negocios anual es superior a 10 y no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
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2
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1.1.1 b) En el caso de entidades asociativas prioritarias, con más de 20.000 socios cooperativistas de base.
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1.1.2 a) En el caso de pymes, si emplea a menos de 50 y hasta 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual es superior a 2 y no excede los 10 millones de euros.
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3
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1.1.2 b) En el caso de entidades asociativas prioritarias, con 2000 o más socios cooperativistas de base.
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1.1.3 a) En el caso de pymes, si emplea a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.
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4
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1.1.3 b) En el caso de entidades asociativas prioritarias, con menos de 2000 socios cooperativistas de base.
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1.2 Valoración respecto a la presencia femenina (los apartados son excluyentes).
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1.2.1 Con presencia femenina en el cuadro directivo con un porcentaje superior al 15 % y como máximo el 25 %.
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2
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1.2.2 Con presencia femenina en el cuadro directivo con un porcentaje superior al 25 %.
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3
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1.3 Valoración respecto a la presencia de jóvenes (los apartados son excluyentes).
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1.3.1 Con presencia de jóvenes menores de 35 41 años en el cuadro directivo con un porcentaje superior al 15 % por cien y como máximo el 25 %. por cien.
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2
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1.3.2 Con presencia de jóvenes menores de 35 41 años en el cuadro directivo con un porcentaje superior al 25 %. por cien.
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3
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1.4 Ámbito de actuación superior a dos Comunidades Autónomas.
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3
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1.5 Que la entidad se encuentre inscrita en el Registro Estatal de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria.
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2
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2. Características del proyecto de cooperación (máximo 90 puntos)
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2.1 Valoración del potencial de integración asociativa y/o de dinamización industrial del proyecto de cooperación (máximo 15 puntos) (los apartados son sumatorios):
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2.1.1 Cuando el beneficio potencial del proyecto de cooperación supere el ámbito de los participantes.
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5
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2.1.2 Cuando el proyecto de cooperación redunde en la reducción de costes de producción para los participantes.
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5
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2.1.3 Cuando el proyecto de cooperación derive en expectativas de mayores cuotas de mercado para los participantes.
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5
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2.2 Calidad técnica y viabilidad del proyecto de cooperación, claridad en la definición de objetivos y resultados esperados (máximo 10 puntos) (los apartados son sumatorios):
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2.2.1 Calidad técnica y viabilidad del proyecto de cooperación.
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5
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2.2.2 Claridad en la definición de objetivos y resultados esperados.
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5
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2.3 Contribución a la mejora de la eficiencia energética, al ahorro energético y a la conservación del medio ambiente (máximo 40 puntos) del proyecto de cooperación (los apartados son excluyentes):
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2.3.1 Proyecto de cooperación que se orienta a una reducción del coste de la de la energía final empleada inferior o igual al 2% y superior a cero en kWh.
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5
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2.3.2 Proyecto de cooperación que se orienta a una reducción del coste de la de la energía final empleada inferior o igual al 3 % y superior al 2 % en kWh.
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10
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2.3.3 Proyecto de cooperación que se orienta a una reducción del coste de la de la energía final empleada inferior o igual al 4 % y superior al 3 % en kWh.
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20
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2.3.4 Proyecto de cooperación que se orienta a una reducción del coste de la de la energía final empleada superior al 4 % en kWh.
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40
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2.4 Empleo de nuevas tecnologías de la información y comunicación (máximo 5 puntos):
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2.4.1 El proyecto de cooperación incorpora la utilización de nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
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5
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2.5 Relación con iniciativas de adaptación o mitigación del cambio climático (máximo 10 puntos) (los apartados son sumatorios):
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2.5.1 Alguno de los participantes en el proyecto de cooperación cuenta con una certificación medioambiental relacionada con los estándares internacionalmente reconocidos.
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5
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2.5.2 Alguno de los participantes en el proyecto de cooperación es un operador acogido al régimen de producción ecológica.
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5
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2.6 Valoración respecto a las repercusiones económicas y sociales (máximo 10 puntos) (los apartados son sumatorios):
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2.6.1 Proyecto de cooperación vinculado a la creación de empleo en los participantes.
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5
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2.6.2 Proyecto de cooperación vinculado a la creación de empleo en el medio rural con influencia respecto a los participantes.
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5
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Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-716 | Leer | Qué cambió |
| 15 de mayo de 2016 | Texto original | Leer |


