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Legislación › Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia.

Artículo 67. Salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial.

Artículo 67. Salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial.

La salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial se garantizará a través de las medidas dirigidas a asegurar su viabilidad, que comprenden la identificación, documentación, investigación, preservación, protección, promoción, valorización, transmisión y revitalización de este patrimonio en sus distintos aspectos.

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