Legislación › Ley 6/2016, de 4 de mayo, de la economía social de Galicia.
Disposición final segunda. Autorización para refundir textos.
Disposición final segunda. Autorización para refundir textos.
1. En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, la Xunta de Galicia, a propuesta del consejero o consejera competente en materia de trabajo, aprobará el correspondiente decreto legislativo que refunda la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, y sus modificaciones, incluyendo los correspondientes preceptos contenidos en esta ley.
2. La autorización a que se refiere esta disposición incluye la facultad de regularizar, clarificar y armonizar los textos legales que tengan que refundirse.
← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →


