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Ley 6/2016, de 4 de mayo, de la economía social de Galicia.

En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 18 de junio de 2016 · Último cambio el 18 de mayo de 2016 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Finalidad.
  5. Artículo 3. Concepto.
  6. Artículo 4. Ámbito de aplicación.
  7. Artículo 5. Principios orientadores.
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 6. Entidades de la economía social de Galicia.
  10. Artículo 7. Catálogo gallego de entidades de la economía social.
  11. Artículo 8. Organización.
  12. CAPÍTULO III
  13. Artículo 9. Consejo de la Economía Social de Galicia.
  14. Artículo 10. Funciones.
  15. Artículo 11. Composición.
  16. Artículo 12. Nombramientos y ceses.
  17. Artículo 13. Funcionamiento.
  18. CAPÍTULO IV
  19. Artículo 14. Fomento y difusión.
  20. Artículo 15. La Red Eusumo para el fomento del cooperativismo y la economía social.
  21. Artículo 16. Planificación y ejecución de las actividades de fomento.
  22. Artículo 17. Lanzamiento de nuevas iniciativas de economía social.
  23. Artículo 18. Impulso de la responsabilidad social empresarial, igualdad y conciliación en las entidades de la economía social de Galicia.
  24. Disposición adicional primera. Coordinación con el Consejo Gallego de Cooperativas.
  25. Disposición adicional segunda. Participación institucional.
  26. Disposición adicional tercera. Informatización de los registros y administración electrónica.
  27. Disposición adicional cuarta. No incremento de consignaciones presupuestarias.
  28. Disposición adicional quinta. Plan gallego de impulso de las entidades de la economía social.
  29. Disposición transitoria primera. Régimen transitorio relativo al desarrollo de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia, con respecto a los órganos consultivos y de participación.
  30. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio relativo a la adaptación de la intervención administrativa prevista en la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia, a la normativa estatal de unidad de mercado.
  31. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  32. Disposición final primera. Modificación de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia.
  33. Disposición final segunda. Autorización para refundir textos.
  34. Disposición final tercera. Modificación de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.
  35. Disposición final cuarta. Habilitación normativa.
  36. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  37. Firma