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Legislación › Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

Disposición adicional sexta. Colaboración institucional.

Disposición adicional sexta. Colaboración institucional.

El protectorado remitirá a las haciendas forales de los territorios históricos la información relativa a las fundaciones que no hayan dado cumplimiento a las obligaciones de carácter económico señaladas en los artículos correspondientes, en el marco del deber de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos.

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