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Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.
En vigor Comunidad Autónoma del País Vasco · Publicada el 23 de junio de 2016 · Último cambio el 13 de junio de 2016 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Sección primera
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Concepto.
- Artículo 3. Denominación.
- Artículo 4. Fines y personas beneficiarias.
- Artículo 5. Ámbito de aplicación.
- Artículo 6. Domicilio.
- Sección segunda
- Artículo 7. Capacidad para fundar.
- Artículo 8. Formas de constitución.
- Artículo 9. Escritura pública de constitución.
- Artículo 10. Estatutos de la fundación.
- Artículo 11. Fundaciones en proceso de inscripción.
- Artículo 12
- Sección tercera
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15. El cargo de patrono o patrona.
- Artículo 16. Aceptación y renuncia de los miembros del patronato.
- Artículo 17. Gratuidad del cargo de patrono o patrona.
- Artículo 18. Delegación de facultades y apoderamientos.
- Artículo 19. Otros órganos.
- Artículo 20. Cese de los patronos o patronas.
- Artículo 21. Sustitución y suspensión de los patronos o patronas.
- Artículo 22. Responsabilidad de los patronos o patronas.
- Artículo 23. Adopción de acuerdos.
- Sección cuarta
- Artículo 24. Composición y administración del patrimonio.
- Artículo 25. Titularidad de bienes y derechos.
- Artículo 26. Actos de disposición o gravamen.
- Artículo 27. Herencias y donaciones.
- Sección quinta
- Artículo 28. Principios de actuación y funcionamiento.
- Artículo 29. Obtención y destino de ingresos y rentas.
- Artículo 30
- Artículo 31. Contabilidad.
- Artículo 32. Presentación, depósito y publicidad de las cuentas anuales.
- Artículo 33
- Artículo 34. Plan de actuación.
- Artículo 35. Libros obligatorios.
- Artículo 36. Autocontratación.
- Sección sexta
- Artículo 37. Modificación de los estatutos.
- Artículo 38. Fusión.
- Artículo 39. Escisión.
- Artículo 40. Causas de extinción.
- Artículo 41. Formas de extinción.
- Artículo 42. Liquidación.
- Artículo 43. Destino del patrimonio sobrante.
- Sección séptima
- Artículo 44. Transformación de fundaciones en otras entidades.
- Artículo 45. Transformación de otras entidades en fundaciones.
- CAPÍTULO II
- Sección primera
- Artículo 46. Protectorado y Registro de Fundaciones del País Vasco.
- Artículo 47
- Sección segunda
- Artículo 48
- Artículo 49
- Artículo 50. Gobierno de las fundaciones y exigencia de responsabilidad a los patronos.
- Artículo 51. Vigilancia de las fundaciones.
- Artículo 52. Inspección de las fundaciones.
- Artículo 53. Intervención del protectorado y verificación de actividades.
- Artículo 54. Intervención del protectorado ante irregularidades graves de las fundaciones.
- Artículo 55. Recursos jurisdiccionales.
- Sección tercera
- Artículo 56. Naturaleza del registro.
- Artículo 57. Eficacia del Registro de Fundaciones del País Vasco.
- Artículo 58. Funciones del registro.
- Artículo 59. Procedimiento registral e impugnación.
- Artículo 60. Silencio administrativo en procedimientos registrales.
- Sección cuarta
- Artículo 61. Creación y composición.
- Artículo 62. Funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 63. Fundaciones del sector público vasco.
- Artículo 64. Obligaciones de las fundaciones del sector público.
- Artículo 65. Las fundaciones bancarias.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 66. Potestad sancionadora.
- Artículo 67. Sujetos responsables.
- Artículo 68. Requerimiento previo a la incoación de procedimiento sancionador.
- Artículo 69. Tipificación de las infracciones.
- Artículo 70. Infracciones leves.
- Artículo 71. Infracciones graves.
- Artículo 72. Infracciones muy graves.
- Artículo 73. Sanciones.
- Artículo 74. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición adicional tercera. Obligaciones de las notarías.
- Disposición adicional cuarta. Ley de Igualdad.
- Disposición adicional quinta. Fundaciones integradas en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Disposición adicional sexta. Colaboración institucional.
- Disposición adicional séptima
- Disposición transitoria primera. Adaptación de los estatutos de las fundaciones.
- Disposición transitoria segunda. Vigencia de los reglamentos del Registro y del Protectorado de Fundaciones del País Vasco.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


