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Legislación › Real Decreto 276/2016, de 24 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura.

Artículo 2. Requisitos de los beneficiarios.

Artículo 2. Requisitos de los beneficiarios.

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en el presente real decreto las entidades sin ánimo de lucro, representativas del sector extractivo y comercial pesquero y de la acuicultura, solas o asociadas al efecto, de ámbito nacional o supraautonómico.

2. No podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias relacionadas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

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