Legislación › Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
Artículo 11. Derechos de las personas titulares y organizadoras.
Artículo 11. Derechos de las personas titulares y organizadoras.
Las personas titulares y organizadoras, en el marco del derecho a la libertad de empresa, tienen derecho a:
a) Efectuar el espectáculo público o la actividad recreativa, de acuerdo con lo previsto en la normativa de aplicación y, en su caso, en la correspondiente autorización o comunicación previa.
b) Adoptar las medidas que estimen pertinentes para garantizar el funcionamiento del establecimiento abierto al público, el espectáculo o la actividad en condiciones de seguridad y de calidad.
c) Fijar los precios que consideren pertinentes.


