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Legislación › Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

Artículo 11. Derechos de las personas titulares y organizadoras.

Artículo 11. Derechos de las personas titulares y organizadoras.

Las personas titulares y organizadoras, en el marco del derecho a la libertad de empresa, tienen derecho a:

a) Efectuar el espectáculo público o la actividad recreativa, de acuerdo con lo previsto en la normativa de aplicación y, en su caso, en la correspondiente autorización o comunicación previa.

b) Adoptar las medidas que estimen pertinentes para garantizar el funcionamiento del establecimiento abierto al público, el espectáculo o la actividad en condiciones de seguridad y de calidad.

c) Fijar los precios que consideren pertinentes.

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