Legislación › Decreto-ley 3/2016, de 31 de mayo, de medidas urgentes en materia de contratación pública.
Disposición adicional sexta.
Disposición adicional sexta.
Los poderes adjudicadores que no sean administración pública tendrán que adaptar sus instrucciones internas a lo que dispone este Decreto-ley en un plazo máximo de tres meses.
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