Legislación › Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.
Artículo 137. Extinción de la responsabilidad.
Artículo 137. Extinción de la responsabilidad.
La responsabilidad disciplinaria se extingue por:
a) Muerte de la persona infractora.
b) Cumplimiento de la sanción.
c) Disolución de la entidad deportiva sancionada.
d) Prescripción de la infracción.
e) Prescripción de la sanción.


