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Legislación › Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.

Artículo 137. Extinción de la responsabilidad.

Artículo 137. Extinción de la responsabilidad.

La responsabilidad disciplinaria se extingue por:

a) Muerte de la persona infractora.

b) Cumplimiento de la sanción.

c) Disolución de la entidad deportiva sancionada.

d) Prescripción de la infracción.

e) Prescripción de la sanción.

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